Boletines Diciembre 2023

PROFESIONALIZACIÓN, LA PARTE MÁS VALIOSA PARA EL FUNCIONARIADO DEL IEQROOS.
  • Al declarar ganador del incentivo por rendimiento al servidor electoral Wilfrido Lizárraga Solís, para el periodo valorado 2022 del Servicio Profesional Electoral Nacional.

Chetumal. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria aprobaron por unanimidad el acuerdo por medio del cual se declara ganador del incentivo por rendimiento al servidor electoral al ciudadano Wilfrido Lizárraga Solís, para el ejercicio valorado 2022, del Servicio Profesional Electoral Nacional del IEQROO y se declaró desierto el incentivo por grados académicos para el ejercicio valorado 2023, al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto

Se dio a conocer que el pasado 05 de diciembre del año en curso, el IEQROO, recibió por correo electrónico las calificaciones promedio de las actividades de capacitación del personal del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN), adscrito a ese Instituto, entre las que destacan la del servidor electoral el ciudadano Wilfrido Lizárraga Solís con calificación final promedio de capacitación obligatoria para el cálculo de incentivo del ejercicio 2022 con un puntaje de 9.76.

Cabe señalar que también fueron evaluados otros miembros del SPEN, como la servidora electoral Jacqueline Selene Carrión Pérez, así como, los servidores electorales Juan Guillermo Buenfil Marín y Raymundo Eduardo Poot Campos.

Por su parte, Consejeras y Consejeros se congratularon con todas las personas que se encuentran en el SPEN, al señalar que el Servicio Profesional Electoral Nacional brinda conocimientos de vanguardia, a las y los servidores electorales en la materia electoral.

Coincidieron en señalar que la capacitación es la parte más valiosa que ofrece el SPEN además de los incentivos económicos que son excelentes, pero la parte más importante es la profesionalización de las y los servidores electorales, además de apoyar el proyecto para que más coordinaciones y personal del Instituto se vayan sumando al SPEN y alcanzar un nivel de preparación y formación que les permita desempeñarse en este Instituto como en otro.

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APRUEBAN CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE REELECCIÓN PARA AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIONES.
  • De igual forma, se aprobaron los criterios y procedimientos a seguir en materia de registro de candidaturas que se postulen para las elecciones de miembros de ayuntamientos y diputaciones en el Proceso Electoral Local 2024.

Chetumal. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión ordinaria aprobaron por unanimidad los criterios y procedimientos a seguir en materia de reelección en el registro de candidaturas que se postulen para elección de miembros de ayuntamientos y diputaciones en el Proceso Electoral Local 2024.

En ese sentido, en materia de reelección de miembros de ayuntamientos, el artículo 139 de la Constitución local establece que las presidencias municipales, sindicaturas o regidurías de los ayuntamientos que hayan estado en ejercicio, podrán ser reelectos por un período adicional como propietarios o suplentes. Y que la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes podrán postular vía reelección a los cargos de presidencias municipales, sindicaturas y regidurías de los ayuntamientos que hubieran resultado electos como propietarios o suplentes en el Proceso Electoral Local 2020-2021, en pleno ejercicio de su derecho de autodeterminación, atendiendo en primera instancia a lo siguiente:

La reelección se podrá ejercer de manera individual por quienes ocupen los cargos en las Presidencias Municipales, Sindicaturas y Regidurías que hubieran resultado electos como propietarios o suplentes; serán reelectas o reelectos solamente por un periodo adicional; la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, es decir el 31 de marzo de 2023; quienes tengan interés en reelegirse, sólo podrán postularse para el mismo cargo y municipio en el que fueron anteriormente electos, tanto propietarios como suplentes.

En el caso de las Regidurías, se considerará reelección al cargo, independientemente de que la postulación en cuanto a la posición numeral fuera distinta a la de la regiduría que desempeñó, los partidos políticos deberán garantizar la paridad de género, tanto vertical como horizontal, donde se priorizará el cumplimiento y observancia del principio de paridad de género y las acciones afirmativas frente al derecho de reelección, las personas que pretendan participar en la reelección, a más tardar el 18 de enero, deberán notificar a través de una carta su intención al Consejo General, al Cabildo del ayuntamiento que corresponda, así como a la presidencia del partido político respectivo, entre otros criterios a cumplir.

De la reelección de las diputaciones locales, los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes podrán postular a reelección a las diputaciones que hubieran resultado electas como propietarias o suplentes ya sea por mayoría relativa o representación proporcional en el Proceso Electoral Local 2021-2022, en pleno ejercicio de su derecho de autodeterminación, atendiendo en primera instancia a lo siguiente: Si una persona suplente ejerció una diputación en algún momento, tiene la misma potestad normativa de ser elegida por segunda vez como persona legisladora, ya sea como propietaria o nuevamente como suplente; las diputaciones propietarias que hayan sido reelectas para un segundo período adicional, no podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de suplentes; los suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios.

Las diputaciones que resultaron electas por mayoría relativa podrán postularse a reelección por mayoría relativa o por representación proporcional y las personas legisladoras electas por representación proporcional, podrán postularse a reelección por esa vía o por mayoría relativa y las diputaciones por mayoría relativa podrán postularse a reelección en los distritos que contengan las secciones que pertenecían al distrito electoral por el cual obtuvieron el triunfo en el Proceso Electoral Local 2021-2022, entre otros criterios a cumplir.

Aprueban criterios y procedimientos a seguir para registros de candidaturas

Siguiendo con el orden del día, integrantes del Consejo General aprobaron los criterios y procedimientos a seguir en materia de registro de candidaturas que se postulen para las elecciones de miembros de ayuntamientos y diputaciones en el Proceso Electoral Local 2024, en este sentido, cada partido político determinará conforme a sus Estatutos, el procedimiento aplicable para la selección de sus candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos y a las diputaciones locales para el proceso local.

Los partidos políticos deberán dar aviso por escrito al Consejo General del inicio de sus procesos de selección de candidaturas a más tardar el 02 de enero de 2024, a través de la dirigencia o representación ante el Consejo General del partido político respectivo, señalando para tal efecto lo siguiente: La fecha de inicio del proceso interno; el método o métodos que serán utilizados; fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente; los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno; los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia; la fecha de celebración de la asamblea interna o, en su caso, de realización de la jornada comicial interna; presentar su normatividad interna, lineamientos y/o acuerdos a los que estarán sujetos los aspirantes a precandidatas y precandidatos.

Posteriormente, los partidos políticos, por cada candidatura que pretendan registrar respecto a un mismo cargo de elección popular, deberán presentar en forma impresa y digital en un mismo momento, lo siguiente: Copia del escrito de la solicitud de la persona aspirante a la precandidatura; copia de la exposición de motivos de la persona aspirante a la precandidatura; copia del programa de trabajo de la persona aspirante a la precandidatura; nombre de su representante; nombre de la persona responsable de la obtención, administración y gasto de los recursos, y domicilio para oír y recibir notificaciones de la persona aspirante a la precandidatura; o su representante como persona autorizada preferentemente en la capital del Estado, entre otros.

De igual manera, para el registro de sus candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos y a las diputaciones, los partidos políticos deberán presentar y registrar ante el Consejo General, la plataforma electoral que sostendrán sus candidatas y candidatos durante las campañas políticas. La plataforma electoral deberá presentarse en forma impresa y digital durante el plazo que comprende del 1 al 5 de febrero de 2024, de acuerdo con el Artículo 278 de la Ley.


Determinan improcedentes presuntos actos de propaganda gubernamental y uso imparcial de recursos públicos

Por otra parte, los integrantes del Consejo General determinaron respecto del Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número de expediente IEQROO/POS/015/2023, relacionado al escrito de queja signado por el ciudadano Leobardo Rojas López, en su calidad de Presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual denuncia a la ciudadana Ana Patricia Peralta de la Peña, en su calidad de Presidenta Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, a la Coordinación de Comunicación Social del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, al medio de comunicación Artillería Política y/o quienes resulten responsables, por presuntos actos constitutivos de propaganda  gubernamental  personalizada y uso imparcial de recursos públicos para difundir, a través de las redes sociales Facebook e Instagram propiedad del ayuntamiento y del medio de comunicación denunciado, la imagen de la presidenta municipal denunciada, señalando que la misma tiene, una campaña publicitaria para promocionarse, ya que se difunde su imagen en diversos actos y eventos, con lo que presuntamente está ejerciendo recursos públicos para posicionar su imagen con fines electorales; por lo que a juicio del quejoso, dichas conductas son violatorias de la normatividad electoral y se está infringiendo con esa propaganda personalizada los principios rectores de imparcialidad y equidad.

Derivado de lo anterior, y tras una investigación por parte de la instancia correspondiente de este Instituto, se declararon inexistentes las infracciones a la normatividad electoral denunciadas atribuidas Ana patricia Peralta de la Peña, en su calidad de Presidenta Municipal del Ayuntamiento del municipio de Benito Juárez quien, con relación a actos anticipados de precampaña, uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y propaganda gubernamental personalizada, por las razones expuestas en la presente Resolución. 

De igual forma, se declaran inexistentes las infracciones a la normatividad electoral denunciadas atribuidas a la C. María Indira Carrillo Domani en su calidad de Directora General de Comunicación Social del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, en atención a las razones expuestas en la presente resolución.

Con relación la publicación difundida en medios de comunicación digital bajo referida a una supuesta “Encuesta” publicaciones difundidas en los portales de los medios de comunicación digital, “la Chispa”, “Informa”, “Novedades Quintana Roo”, “cuadratín Quintana Roo”, “Noticaribe”,  InfoquintanaRoo” “24 Horas Quintana Roo”, “Grupo Pirámide”” La opinión”, “Homelet Político” y  “Turquesa News”, atienden al libre ejercicio de la libertad de expresión, manifestación de ideas y ejercicio periodístico, esta autoridad determina inexistentes las infracciones a la normatividad electoral por parte  de dichos medios de comunicación.

En otro orden de ideas, integrantes del Consejo General determinaron respecto del Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número de expediente IEQROO/POS/016/2023, relacionado al escrito de queja signado por el ciudadano Leobardo Rojas López, en su calidad de Presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual denuncia a la ciudadana Ana Patricia Peralta de la Peña, en su calidad de Presidenta Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, por la presunta difusión de una encuesta, así como por la supuesta indebida compra y/o adquisición de tiempo de la red social de YouTube, lo que, a juicio del quejoso, representa uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada de la persona servidora pública; de igual forma denuncia, por la promoción personalizada y difusión de una encuesta al medio de comunicación local, denominado, periódico, 24 horas, el Diario sin Límites Quintana Roo.

Cabe destacar que, haciendo un análisis de los hechos denunciados, dicho vídeo e información que se publicó, en la página electrónica del medio informativo denominado, “24 horas, el Diario sin límites Quintana Roo”, en fecha veinticinco de septiembre, no trata de una encuesta, en los términos descritos, ya que más bien, dichas publicaciones, se enfocan a fines informativos por lo tanto se resolvió declarar inexistentes las conductas atribuidas a los denunciada en el expediente registrado bajo el número IEQROO/POS/016/2023, con relación al uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.

Consejo General da respuesta a escrito presentado por Luis Gamero Barranco.

Siguiendo con el orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, atendió un escrito de consulta signado por el ciudadano Luis Gamero Barranco de fecha 21 de noviembre de 2023 y mediante el cual solicita respuesta a las siguientes preguntas:

¿Puede ser postulada una persona sancionada penalmente por violencia política de género a un cargo de elección local? ¿Cumpliría con los requisitos de elegibilidad?; ¿Puede ser postulada una persona sancionada administrativamente por violencia política de género a un cargo de elección local? ¿Cumpliría con los requisitos de elegibilidad?; Al encontrarme actualmente inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo por una sanción administrativa de VPG, incumplo con el requisito de elegibilidad contemplado en la fracción V del artículo 17 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Quintana Roo.

Derivado del marco normativo local y federal, así como los precedentes del TEPJF, ¿existe una contradicción o antinomia entre la Fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción V del artículo 17 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo?

¿El Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en Quintana Roo tiene efectos constitutivos para el cumplimiento del requisito de elegibilidad señalado en el artículo 17 fracción V de la Ley de Instituciones y Procedimientos electorales para el Estado de Quintana Roo?

¿El estar inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en Quintana Roo representa la falta de cumplimiento del requisito de elegibilidad señalado en el artículo 17 fracción V de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo?

¿El efecto sancionatorio de la inscripción en el Registro de personas sancionadas por violencia política en razón de género subsiste durante todo el periodo de su vigencia, o fenece hasta el momento en que por primera vez se declare una persona inelegible?”

Derivado del marco normativo local y convencional, así como los precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ¿existe una contradicción o antinomia entre los artículos 23.2b y 23.2 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana y la fracción V del artículo 17 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo?

¿Existe algún mecanismo vigente para disminuir la sanción impuesta a una persona por la existencia de conductas que implicaban Violencia Política contra las mujeres en razón de género, así como disminuir el tiempo de estar inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo?

En respuesta a lo anterior, este órgano máximo de dirección tiene a bien contestar que, una persona que ha sido sancionada administrativamente mediante sentencia firme y que se encuentre inscrita en los Registros Estatal y Nacional no puede ser postulada a un cargo de elección popular, toda vez que no cumple con el requisito de elegibilidad establecido en la multicitada fracción V, del artículo 17 de la Ley Local.

Ahora bien, por cuanto a las personas que han sido sancionadas penalmente por VPG mediante sentencia firme, si bien no se encuentran inscritas en los Registros Estatal y Nacional, aplicando de forma analógica el criterio establecido en el párrafo inmediato anterior, no podrán ser postuladas a un cargo de elección popular mientras subsista la sanción que les haya sido impuesta en la referida sentencia, toda vez que no cumplen con el requisito de elegibilidad establecido en la multicitada fracción V, del artículo 17 de la Ley Local.

La Sala Superior, las autoridades electorales encargadas de la resolución de los procedimientos administrativos sancionadores, en nuestro caso el Tribunal Electoral de Quintana Roo o bien las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuentan con plenas facultades para ordenar la inscripción atinente, cuando así lo determinen, tanto en el Registro Nacional como en el local, así como para establecer la temporalidad de la lista sobre la base de las circunstancia y el contexto de cada caso; por ello, son dichas instancias las que tienen la potestad de determinar todo lo conducente en dicha cuestión, sin dejar de considerar que una determinación en tal sentido al estar firme y definitiva es inmodificable; por último, el marco normativo actual de la entidad, no contempla expresamente una regulación particular al supuesto motivo del cuestionamiento del consultante.

Siguiendo con el orden del día, las y los consejeros aprobaron por mayoría y con voto de calidad modificar el reglamento interno y la integración de la Comisión del Servicio Profesional Electoral Nacional con motivo de la aprobación del acuerdo IEQROO/JG/A-16-2023 de la Junta General de este Instituto.

Finalmente, se aprobaron las actas de la sesión extraordinaria de fecha 16 de noviembre de 2023 de las 11:00 horas; acta de la sesión extraordinaria con carácter de urgente de fecha 27 de noviembre de 2023 de las 22:00 horas; el acta de la sesión extraordinaria con carácter de urgente de fecha 28 de noviembre de 2023 de las 22:00 horas y el acta de la sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2023 de las 11:00 horas.

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APRUEBAN SIGNAR CONVENIO CON LA SEQ, INE E IEQROO
  • A fin de establecer los centros educativos susceptibles de utilizarse para la ubicación de casillas del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, y, en su caso, las elecciones extraordinarias que resulten, así como las acciones encaminadas a cubrir las necesidades de accesibilidad motriz.

Chetumal. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente, aprobaron por unanimidad el convenio de apoyo y colaboración con la Secretaría de Educación del estado de Quintana Roo y la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Quintana Roo, a fin de establecer los centros educativos susceptibles de utilizarse para la ubicación de casillas del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, y, en su caso, las elecciones extraordinarias que resulten, así como las acciones encaminadas a cubrir las necesidades de accesibilidad motriz.

Se dio a conocer que el presente convenio tiene por objeto establecer las bases y mecanismos de coordinación y cooperación entre las partes involucradas para la ejecución de diversas estrategias y actividades que permitan al INE garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad, personas en situación de vulnerabilidad y a la ciudadanía en general, en las escuelas públicas que tiene a su cargo la SEQ, en donde se instalarán las casillas electorales con motivo del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, cuya jornada electoral tendrá verificativo el 2 de junio de 2024.

Se explicó que las partes convienen que la SEQ” autorizará al INE y al IEQROO, el uso de las instalaciones y mobiliario de los espacios educativos que se encuentran bajo su administración para que sean utilizados en la ubicación de las mesas directivas de casillas únicas que se instalarán en la entidad.

De igual forma, la SEQ se compromete a: permitir a las y los integrantes de las mesas directivas de casillas, a las representaciones de los partidos políticos y candidaturas independientes acreditadas, a quienes realicen funciones de observación electoral y al personal del INE y del IEQROO, utilizar durante el día de jornada electoral, las instalaciones sanitarias de los espacios educativos bajo su administración, entre otras facilidades para tal fin.

Por su parte, el INE se compromete a proporcionar a la SEQ, el listado de planteles educativos en los que se han detectado áreas de oportunidad para la implementación de rampas fijas, o algún otro elemento de acondicionamiento necesario para garantizar la accesibilidad en el inmueble. Se consideran los planteles que ya sea, al ingresar al inmueble y/o al espacio donde se instalará cada casilla única, que requiera de algún elemento para asegurar el acceso a personas con discapacidad.

Asimismo, tanto el INE como el IEQROO garantizarán que los accesos y espacios sean adecuados para su movilidad y permanencia el tiempo que requiera según sus funciones, es decir, atender a las personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad que acudan a las casillas únicas instaladas en las escuelas ya sea con acompañante, silla de ruedas, muletas, bastón, andadera, con perro guía o cualquier otro aparato que les permita su movilidad.

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APRUEBAN ACCIONES AFIRMATIVAS PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS PARA MIEMBROS DE LOS AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIONES LOCALES.
  • Asimismo, se aprobaron las convocatorias para las y los aspirantes a candidaturas independientes en la modalidad de miembros de los ayuntamientos y diputaciones locales.
  • Oferta el IEQROO 22 plazas de trabajo para coordinadores o coordinadoras del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

Chetumal. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria aprobaron por unanimidad, los criterios y procedimientos a seguir en materia de paridad, en el registro de candidaturas que se postulen para las elecciones de miembros de ayuntamientos y diputaciones, en el Proceso Electoral Local 2024.

Cabe señalar que, en este punto la Consejera y Presidenta de la Comisión de Igualdad y No Discriminación, Elizabeth Arredondo Gorocica, había propuesto que el municipio de Bacalar en este próximo proceso electoral, los partidos políticos postularán solamente candidatas mujeres para el ayuntamiento y, con ello alcanzar la paridad en todos los municipios del Estado, al señalar que este es el único municipio de la entidad desde su creación que no ha sido gobernado por alguna mujer, al final no se alcanzaron los consensos de dicha propuesta y se eliminó esta acción afirmativa.

En otro punto del orden del día, el órgano colegiado del Consejo General aprobó los criterios y procedimientos a seguir en materia de registro de aspirantes a candidaturas independientes y candidaturas que se postulen por acciones afirmativas para las elecciones de miembros de los ayuntamientos y diputaciones en el Proceso Electoral Local 2024. 

Sobre el registro de aspirantes a candidaturas independientes, se aprobó la convocatoria para que la ciudadanía del estado de Quintana Roo que desee participar como aspirantes y obtener su registro en dicha modalidad para la elección de integrantes de los ayuntamientos y de las diputaciones de Mayoría Relativa al Congreso del Estado, en el Proceso Electoral Local 2024, de conformidad con las siguientes: 

Del 02 al 06 de enero de 2024 se realizará la etapa de solicitud de registro de aspirantes a candidaturas independientes en las oficinas Av. Centenario #680 colonia Del Bosque, Chetumal, Quintana Roo.

Asimismo, se dio a conocer que el respaldo ciudadano para las y los aspirantes a candidaturas independientes de los ayuntamientos y diputaciones por el principio de Mayoría Relativa se realizará del 19 de enero al 17 de febrero de 2024.

Se informó que, el umbral mínimo de respaldo ciudadano que deberán recabar las y los aspirantes para integrantes de los ayuntamientos y a las diputaciones de Mayoría Relativa al Congreso del Estado, será del 1.5% de la demarcación para la que pretendan competir, de acuerdo al padrón electoral con corte al 31 de agosto de 2023. Respaldo ciudadano mínimo para aspirar a una candidatura independiente para integrantes de los Ayuntamientos:


MUNICIPIO

PADRÓN ELECTORAL CON CORTE AL 31/08/2023

UMBRAL MÍNIMO DE RESPALDO CIUDADANO

Benito Juárez

686,234

10,294

Cozumel

72,130

1,082

Felipe Carrillo Puerto

59,968

900

Isla Mujeres

25,144

377

José María Morelos

29,615

444

Lázaro Cárdenas

23,465

352

Othón P. Blanco

179,445

2,692

Solidaridad

252,734

3,791

Tulum

42,240

634

Bacalar

34,504

518

Puerto Morelos

24,719

371


Respaldo ciudadano mínimo para aspirar a una candidatura independiente para una diputación de Mayoría Relativa al Congreso del Estado:


DISTRITO ELECTORAL

CABECERA DISTRITAL LOCAL

PADRÓN ELECTORAL CON CORTE AL 31/08/2023

UMBRAL MÍNIMO DE RESPALDO CIUDADANO

01

Kantunilkín

92,851

1,393

02

Cancún

98,532

1,478

03

Cancún

70,758

1,061

04

Cancún

107,442

1,612

05

Cancún

82,162

1,232

06

Cancún

86,453

1,297

07

Cancún

104,573

1,569

08

Cancún

116,791

1,752

09

Playa del Carmen

75,069

1,126

10

Playa del Carmen

120,360

1,805

11

Cozumel

91,195

1,368

12

Tulum

80,480

1,207

13

Felipe Carrillo Puerto

89,583

1,344

14

Chetumal

110,166

1,652

15

Chetumal

103,783

1,557


El Consejo General deberá emitir la declaratoria de quienes tendrán derecho a registrarse como candidatas o candidatos independientes a integrantes de ayuntamientos y a las diputaciones al Congreso del Estado a más tardar 24 de febrero de 2024.

En otro orden de ideas, en cuanto a los criterios de las acciones afirmativas en la elección de miembros de los ayuntamientos cabe señalar que en el Proceso Electoral Local 2024 serán 97 candidaturas que se destinarán de la siguiente manera 19 postulaciones para personas indígenas, 19 personas jóvenes, 3 personas adultas mayores, 5 personas de la comunidad LGBTTTIQ+ y 6 personas con discapacidad. En el caso de las postulaciones de adultos mayores, solo se van a realizar en los municipios de Othón P. Blanco, Solidaridad y Benito Juárez. 

Por cuanto a la elección de diputaciones por el principio de Mayoría Relativa cada partido político deberá registrar un total de 15 candidaturas en los 15 distritos electorales uninominales en los que se divide la geografía electoral en la entidad, de las cuales 3 postulaciones serán para personas indígenas, 3 para jóvenes, 1 para la comunidad LGBTTTIQ+ y 2 personas con discapacidad haciendo un total de 8 postulaciones de candidaturas de acciones afirmativas.

Para la elección a diputaciones por el principio de Representación Proporcional se registrarán dos fórmulas la primera para una persona de la diversidad sexual, y otra que saldrá de la bolsa (como se maneja coloquialmente) entre las que se encuentran; jóvenes, indígenas, adultos mayores, personas con discapacidad y migrantes.

Es importante señalar que de las 117 postulaciones que habrán de llevar a cabo cada partido político, 64 candidaturas serán por acciones afirmativas, las cuales deberán cumplir con los criterios de paridad.

Por último, los integrantes del Consejo General aprobaron la Convocatoria por medio de la cual invita a la ciudadanía para participar como coordinadora, coordinador del Programa de Resultados Electorales Preliminares ofreciendo 22 plazas disponibles en todo el Estado. 

El perfil requerido: pasante o con título de nivel profesional, del área de informática o carrera afín, conocimientos en redes computacionales y tecnologías de la información. Las y los interesados tienen hasta el 12 de enero de 2024 para registrarse en www.ieqroo.org.mx. Los sueldos para el personal seleccionado son de 15 mil 840 pesos mensuales.

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ESTE 2024 HAZTE ESCUCHAR VOTANDO.
  • Lema ganador que será utilizado durante el Proceso Electoral Local 2024.
  • Asimismo, se dio a conocer a las y los ganadores del concurso “La democracia sin tanto rollo”.

Chetumal. – “Este 2024 hazte escuchar votando”, fue el lema ganador del autor Marco Antonio Hernández Ávila, frase que será utilizada durante el Proceso Electoral Local 2024; de igual forma se dio a conocer a los ganadores el concurso de cortometraje juvenil “La democracia sin tanto rollo”, con ello, el Instituto Electoral de Quintana Roo, a través de la Comisión de Comunicación Social que preside la Consejera Electoral Maisie Lorena Contreras Briceño, premió a las y los ganadores de dichos concursos, evento celebrado de manera presencial y virtual.

En palabras de bienvenida, la Consejera Presidenta del IEQROO, Rubí Pacheco Pérez señaló que “No hay que olvidar que la juventud representa esa energía, entereza, ganas de hacer las cosas, ganas de innovar y así lo demostraron en cada uno de los concursos.

Agradeció el acercamiento con la ciudadanía a través de estos eventos, al señalar que el IEQROO es un Instituto ciudadano, añadió que estos concursos con el tiempo se pueden ir perfeccionando para alcanzar una mayor participación de las juventudes.

En cuanto a la premiación y reconocimiento del cortometraje “La democracia sin tanto rollo”, se dieron a conocer a las y los ganadores, el primer lugar fue para la ciudadana Brigitte Sabido, con su cortometraje titulado “Decisiones de Yue Dnangel”; el segundo lugar fue para el ciudadano Víctor Manuel Arias Jiménez con su cortometraje titulado “El espíritu del voto” y el tercer lugar para la ciudadana Greta Marlene Guarneros Jiménez con el cortometraje titulado “Tu voto sí hace la diferencia”.

Al hacer el uso de la voz, la Consejera y Presidenta de la Comisión de Comunicación Social se refirió a las dos convocatorias que llevó a cabo el Instituto, a través de la Comisión de Comunicación Social, en el caso de “La democracia sin tanto rollo” dijo, buscó promover entre la juventud quintanarroense, los valores de la democracia y la participación en asuntos político-electorales, mediante la presentación de una breve historia narrada en una producción audiovisual en la que se motive a la reflexión sobre la importancia de vivir en democracia y sus efectos en la sociedad. 

En cuanto, al concurso sobre el lema, dijo que, se buscó que la ciudadanía propusiera el lema que acompañará la imagen publicitaria de las campañas de promoción al voto, la participación ciudadana y documentación oficial del Instituto Electoral de Quintana Roo, en el próximo Proceso Electoral Local 2024.

En este concurso se tuvo una participación de 79 personas de las cuales 36 fueron mujeres y 43 hombres para un total de 243 propuestas de lema, esto porque cada participante podía mandar hasta tres propuestas.

Asimismo, se dio un reconocimiento al jurado que participó en dichos concursos como fue el cortometraje a los ciudadanos Alejandro Silveira Mena, Director General de Peninsular Árbol Rojo A.C., a la Consejera Maisie Lorena Contreras Briceño y a los consejeros Adrián Amilcar Sauri Manzanilla y Juan César Hernández Cruz. 

Al jurado calificador del lema para el Proceso Electoral Local 2024, Heriberto López Platas, catedrático de la Universidad Autónoma de Quintana Roo; a la Consejera Maisie Lorena Contreras Briceño, a los Consejeros Adrián Amilcar Sauri Manzanilla y Juan César Hernández Cruz, así como, al Titular de la Unidad Técnica de Comunicación Social Alfredo Figueroa Orea.

Los premios al 1, 2 y 3er lugar del concurso “La democracia sin tanto rollo”,  recibieron pantallas leds, mientras que el primer lugar del concurso del lema para el Proceso Electoral 2024 recibió una computadora portátil.


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